En contestación a su escrito por el que solicita la integración del Cuerpo o Escala al que pertenece en el Subgrupo o Grupo profesional inmediatamente superior, le comunico que la cuestión planteada está resuelta legalmente en la disposición transitoria tercera de la Ley 712007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Igualmente, le significo que la creación o integración de cuerpos y escalas es, en los términos establecidos en el artículo 75.2 de la Ley 712007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, materia reservada a ley, formando parte del núcleo esencial de la relación estatutaria.
El carácter puramente informativo de este escrito no permite interponer recurso alguno contra el mismo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 3011992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.
Petra Femández Álvarez
DIRECTORA GENERAL DE LA FUNCION PUBLICA
MARIA DE MOLINA. 50
28071 MADRID